La jueza de Familia de Junín de los Andes, Andrea Di Prinzio Valsagna, deberá enfrentar un proceso de enjuiciamiento por presunto mal desempeño de sus funciones. Una comisión especial resolvió declarar admisible la denuncia que pesa en su contra, la cual detalla acusaciones de violencia laboral sistemática y trato denigrante hacia su personal.
El próximo paso en este proceso es que el jurado de enjuiciamiento evalúe el caso y declare formalmente abierta la instancia en su contra.
La comisión especial, encargada de analizar las presentaciones contra jueces, fiscales y defensores en Neuquén, tiene un poder limitado dado que sus dictámenes no son vinculantes. Inicialmente, esta comisión había descartado la denuncia contra Di Prinzio. Sin embargo, el jurado de enjuiciamiento anuló aquella resolución y ordenó que una nueva conformación analizara el expediente.
Esta «segunda» comisión, integrada por el fiscal general José Gerez, el diputado oficialista Francisco Lépore y la abogada Cecilia López, sostuvo por unanimidad que existen elementos suficientes para avanzar con el jury contra la magistrada.
De confirmar esta decisión, la jueza Di Prinzio sería suspendida provisionalmente de su cargo, según lo planteado por la comisión.
La investigación administrativa se inició a raíz de una denuncia presentada por el Sindicato de Judiciales (Sejun). En ella, se atribuía a la jueza un «trato hostil e intimidante» hacia el personal, incluyendo agentes, funcionarios, profesionales auxiliares, usuarios del servicio de justicia y abogados litigantes, lo que generaba un «clima laboral adverso».
La magistrada, abogada oriunda de Córdoba, fue designada jueza de Familia por la Legislatura en el año 2014.
Los testimonios recabados durante la investigación detallan que la jueza acostumbraba a gritar y descalificar a su equipo de manera constante. Entre las expresiones denigrantes que se registraron, la comisión mencionó: «traidora», «vaga», «desagradecida», «cucaracha», y que se refería a su personal como «hormigas esclavas».
Informes del Departamento de Salud Ocupacional y de la Dirección de Gestión Humana corroboran la situación, revelando una «cronicidad de licencias psicológicas», numerosos pedidos de traslado por parte del personal y la activación del Protocolo de Prevención y Actuación en Violencia Laboral y/o de Género.
El viernes 3 de julio, la jueza solicitó ser oída por la comisión. Sin embargo, el fiscal general José Gerez señaló en su voto que la magistrada «no formuló explicaciones concretas respecto de los hechos específicos que motivan las presentes actuaciones, ni controvirtió de manera circunstanciada las imputaciones». Tampoco aportó pruebas que desestimaran la investigación.
El caso de la jueza Di Prinzio reflota el debate sobre la evaluación periódica de los jueces provinciales. Esta medida, incluida en la última reforma constitucional de 2006, fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras una acción impulsada por la Asociación de Magistrados local.
Esa tarea de evaluación había sido originalmente asignada al Consejo de la Magistratura. En su voto, el diputado Lépore, quien antes de su actual cargo fue asesor letrado del organismo, planteó la necesidad de «reabrir el debate» sobre la evaluación periódica. Argumentó que esta herramienta permitiría «detectar tempranamente situaciones disfuncionales, déficits de gestión, conflictos organizacionales o dificultades en la conducción de equipos de trabajo» antes de que sea necesario recurrir al «enjuiciamiento constitucional».
Lépore enfatizó que un control efectivo podría identificar problemas y facilitar la adopción de «medidas preventivas, correctivas o de acompañamiento institucional mucho antes de que la situación derive en conflictos prolongados, afectaciones al clima laboral, deterioro organizacional o procedimientos de remoción» de los magistrados.
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