La justicia civil y comercial de Neuquén marca un antes y un después a partir de mañana, cuando entrará en plena vigencia el nuevo Código Civil, Comercial y Adversarial. Esta implementación posiciona a la provincia como pionera a nivel nacional en adoptar este modelo, que busca transformar la resolución de conflictos entre personas y entidades jurídicas.
Este cambio estructural afecta a una amplia gama de reclamos, desde indemnizaciones por siniestros viales y derechos del consumidor, hasta incumplimientos contractuales, sucesiones y casos de usucapión. La esencia de la reforma radica en otorgar un papel preponderante a las partes involucradas, quienes tendrán la capacidad de producir prueba y buscar acuerdos de manera más activa.
Una de las innovaciones más notables es el abandono del expediente físico. La clásica pila de papeles se transforma en una «actuación digital única», optimizando los tiempos y la transparencia de los procesos. El anteproyecto que dio origen a esta ley fue redactado por Gustavo Calvinho.
Es importante destacar que el procedimiento de Familia ha sido excluido de esta reforma, y actualmente se debate en la Cámara. Este ámbito, que comprende conflictos relacionados con niños, niñas y adolescentes —como cuota alimentaria, responsabilidad parental o violencia de género—, se basa en un texto elaborado por Aída Kemelmajer de Carlucci, que ya generó debates por las transformaciones que propone en el sistema de protección a las infancias.
Esta no es la primera vez que Neuquén renueva su sistema judicial. En 2014, la provincia implementó el Código Procesal Penal, también de corte adversarial, que trajo consigo novedades como los juicios por jurados y una reestructuración judicial. En esta ocasión, la modificación será menor en la estructura, pero sí habrá cambios en la denominación de las Cámaras.
La Cámara Civil de Apelaciones de Neuquén pasará a ser la N°1, con jurisdicción en la región Confluencia. Por su parte, la Cámara Provincial se convertirá en la N°2 y tendrá competencia sobre todo el interior de la provincia, incluyendo Vaca Muerta. Actualmente, existe una vacante en el tribunal de Neuquén, cuya cobertura será definida por el Consejo de la Magistratura en las próximas semanas.
El nuevo código se aplica de forma inmediata. Para las causas en trámite, las nuevas reglas comenzarán a regir una vez que venzan los plazos procesales establecidos bajo el código anterior. Por ejemplo, si un plazo culmina el 5 de agosto, a partir de esa fecha el expediente se ajustará a la nueva normativa.
Manuel Castañón López, de 35 años y el camarista civil más joven de la provincia, quien juró en abril de 2025 tras egresar de la Universidad Nacional del Comahue, es una de las figuras del Poder Judicial encargadas de explicar el alcance de la reforma. El juez que preside la Cámara N°2 enfatizó la importancia de preservar la validez de los procesos iniciados con la normativa antigua para evitar perjuicios a los ciudadanos.
A diferencia del sistema penal, el civil no es puramente oral, aunque sí prevé instancias orales obligatorias e indelegables para el juez, como la audiencia preliminar y la de juicio. Las partes también pueden solicitar una audiencia si lo consideran necesario. La digitalización es central: «El expediente pasa a ser una actuación digital única, tramita en un soporte informático donde los abogados, los peritos, hacen sus presentaciones de forma virtual y los juzgados y las oficinas judiciales lo tramitan a través del sistema informático del Poder Judicial que se llama Pehuen», explicó Castañón López.
La tecnología también facilita el proceso para testigos que residan a más de 70 kilómetros de los juzgados, quienes podrán declarar de forma remota. Sin embargo, en caso de cortes de luz en alguna localidad, se contempla la posibilidad de realizar presentaciones en formato papel.
Para el camarista, el verdadero cambio es el «protagonismo de su propio caso» que ahora tienen las personas, tanto al reclamar como al defenderse. El sistema judicial se flexibiliza, permitiendo que las partes, junto a sus abogados, busquen acuerdos e incluso soliciten la suspensión del trámite para negociar. «El juez ahora no puede incorporar prueba de oficio, ni tampoco puede modificar las pretensiones de las partes. Las partes litigan su caso y no se van a ver sorprendidas por ningún cambio de ese caso al momento de la sentencia», añadió Castañón López.
Otro aspecto que se simplifica es el beneficio de litigar sin gastos. Anteriormente, se requería ofrecer y producir pruebas para acreditar la falta de patrimonio. Con la nueva normativa, basta la presentación de una declaración jurada para activar este beneficio.
En el primer semestre de 2026, el fuero Ejecutivo en Neuquén capital registró la mayor cantidad de causas ingresadas, con 5.109, seguido por el fuero Familia, con 3.859 ingresos.