Agosto 2026: Los Salarios del Personal de Casas Particulares Suben 1,4% y Así Quedan las Nuevas Cifras

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Agosto 2026: Los Salarios del Personal de Casas Particulares Suben 1,4% y Así Quedan las Nuevas Cifras

El personal de casas particulares experimentará un ajuste salarial del 1,4% en agosto de 2026. Esta actualización, definida por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, impactará directamente en los valores por hora y en los montos mensuales para todas las categorías del sector.

La medida abarca a supervisores, caseros, personal para tareas de limpieza, cocineros y cuidadores, reflejando una progresión en sus ingresos conforme al esquema establecido.

A continuación, el detalle de cómo quedan los salarios mínimos por hora para agosto de 2026:

  • Supervisores (primera categoría): Con retiro, $4.438,77; sin retiro, $4.829,13.

  • Personal para tareas específicas, como cocineros (segunda categoría): Con retiro, $4.223,25; sin retiro, $4.597,18.

  • Caseros (tercera categoría): Sin retiro, $3.996,45.

  • Asistencia y cuidado de personas (cuarta categoría): Con retiro, $3.996,45; sin retiro, $4.435,86.

  • Tareas generales, como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y cocina (quinta categoría): Con retiro, $3.733,72; sin retiro, $3.996,45.

En cuanto a los salarios mensuales, los montos mínimos para agosto de 2026 se establecen de la siguiente manera:

  • Supervisores (primera categoría): Con retiro, $553.725,91; sin retiro, $612.673,11.

  • Tareas generales (quinta categoría): Con retiro, $458.053,22; sin retiro, $505.302,76.

  • Personal para tareas específicas (segunda categoría): Con retiro, $517.006,43; sin retiro, $571.426,17.

  • Caseros (tercera categoría): Sin retiro, $505.302,76.

  • Asistencia y cuidado de personas (cuarta categoría): Con retiro, $505.302,76; sin retiro, $558.972,92.

Es importante comprender las modalidades de liquidación. Para quienes trabajen 24 horas semanales o más para un mismo empleador, el salario será liquidado considerando el importe establecido para la modalidad retributiva «mensual», en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Por el contrario, si la jornada laboral es inferior a 24 horas semanales con un mismo empleador, la liquidación se realizará de acuerdo a la modalidad retributiva «por hora».

Además de estos valores, los trabajadores pueden sumar adicionales importantes. Por antigüedad, se aplica un 1% por cada año de servicio. Asimismo, existe un adicional por zona desfavorable, equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías, aplicable al personal que preste tareas en esos territorios.

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