Doce años después de haber sido interceptado en la frontera, la Justicia Federal de Neuquén dictó sentencia contra Alberto Rafael Rosa González. Fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por intentar contrabandear más de 78 kilogramos de marihuana a través del Paso Internacional Cardenal Samoré. El fallo, emitido por el juez Alejandro Cabral, ordenó la inmediata libertad del implicado y su expulsión definitiva del territorio argentino.
El caso se resolvió mediante un juicio abreviado, fruto de un acuerdo entre la fiscalía y la defensa. Según la sentencia, el hombre de nacionalidad paraguaya fue hallado responsable del delito de contrabando de exportación agravado en grado de tentativa. Un punto crucial fue la calificación de su participación como secundario, lo que permitió reducir la escala penal, a diferencia de la acusación inicial de coautor.
Los hechos se remontan al 20 de abril de 2014, alrededor de las 9:30 de la mañana. En el Centro de Frontera ubicado en el paraje El Rincón, personal de Gendarmería Nacional procedió a una requisa detallada de una camioneta Hyundai Tucson que se dirigía a Chile. Rosa González viajaba como acompañante en dicho vehículo.
Durante la minuciosa inspección, los agentes encontraron 179 paquetes de marihuana cuidadosamente distribuidos en diversos compartimentos ocultos del rodado. La droga estaba escondida en la rueda de auxilio, bajo los asientos del conductor y acompañante, en el portón trasero, dentro de los paragolpes e incluso entre la chapa del techo y el tapizado. Las pericias químicas posteriores confirmaron que se trataba de «cannabis sativa», con un peso total de 78.208 gramos.
Un factor determinante para la sentencia fue el análisis de la implicación del condenado en la logística del tráfico. La fiscalía, a cargo de Luisina Tiscornia, modificó la acusación original de coautor a partícipe secundario tras examinar las declaraciones del conductor del vehículo. Este último reconoció que el cargamento le pertenecía y que Rosa González no tenía control sobre el hecho. La fiscalía argumentó que el ahora condenado brindó una colaboración de carácter «fungible», es decir, una cooperación que pudo haber sido prestada por cualquier otra persona.
Tras la homologación del acuerdo por parte del Tribunal Oral Federal de Neuquén, se dispuso el cese de la detención que el imputado cumplía en el Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa. Sin embargo, su libertad está supeditada a estrictas condiciones de residencia fuera del país.
El fallo establece la obligación para Rosa González de regresar a su país en un plazo máximo de siete días corridos. Asimismo, se le impuso la prohibición perpetua de reingreso a la República Argentina, una medida que será comunicada a la Dirección Nacional de Migraciones e Interpol para asegurar su efectivo cumplimiento. Finalmente, el tribunal ordenó la destrucción total del material estupefaciente secuestrado durante el operativo.
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