El gobierno de Neuquén ha renovado el Programa de Reactivación Productiva y Turística Provincial, una iniciativa que permite a las empresas, tanto locales como de otras jurisdicciones, deducir hasta un 20% de sus inversiones de los impuestos provinciales. Esta prórroga, establecida por el Decreto 1180/2026, extiende la vigencia del beneficio hasta el 31 de diciembre de 2026 y asigna un cupo total de $3.000 millones para el nuevo período.
El propósito central de este programa es estimular la actividad económica y elevar los niveles de inversión en todo el territorio neuquino. Las empresas beneficiadas recibirán un bono de crédito fiscal que podrán utilizar para saldar diversos impuestos provinciales, incluyendo Ingresos Brutos, Impuesto al Sello, Impuesto Inmobiliario y cuotas de planes de pago que aún no hayan vencido. El proceso de gestión para acceder a este crédito es completamente en línea, utilizando el CUIT y la clave fiscal en la plataforma de ADENEU.
La elegibilidad para el crédito fiscal se extiende a todas las empresas neuquinas, sin importar si son Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) o grandes compañías. En el caso de empresas no radicadas en la provincia, el beneficio está disponible únicamente para MiPyMEs. Se considera “empresa neuquina” a aquella con domicilio fiscal en la provincia o que, sin tenerlo, registre un coeficiente de distribución de Ingresos Brutos igual o superior al 60% dentro de Neuquén.
El porcentaje de beneficio aplicable varía según el origen de la empresa y el de su proveedor, siguiendo una tabla específica. Una empresa neuquina que contrata a un proveedor también neuquino puede acceder al máximo del 20% de la inversión. Si el proveedor no es de Neuquén, el beneficio se reduce al 5%. Para una empresa no neuquina, el crédito del 20% solo se otorga si la compra se realiza a proveedores con sede en la provincia; de lo contrario, el porcentaje es nulo. Es importante destacar que el cálculo del beneficio se aplica sobre el valor neto de IVA de la inversión. Además, se establecen topes máximos: $25 millones para MiPyMEs, $30 millones para grandes empresas y $60 millones para conjuntos económicos.
Las inversiones elegibles abarcan diversas categorías. Se incluyen obras civiles e infraestructura que estén directamente vinculadas a bienes de uso, siempre que representen un aumento real de la capacidad productiva, de servicios u operativa, ya sea mediante obra nueva o la ampliación de una existente. También califican las inversiones en bienes muebles, tanto tangibles como intangibles, siempre que estén destinados a la actividad principal de la empresa. Un punto específico son los rodados utilitarios de tamaño pequeño y mediano, que solo se consideran si son unidades nuevas, patentadas en Neuquén y adquiridas por empresas neuquinas a proveedores neuquinos.
Para la acreditación de la inversión, se exige un dictamen de un Contador Público independiente, cuya firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional correspondiente. En el caso particular de obras civiles e infraestructura, es mandatorio el dictamen de un profesional matriculado que certifique tanto el grado de avance del proyecto como los montos efectivamente invertidos.
Sin embargo, ciertas inversiones quedan excluidas del programa. Estas incluyen automóviles y pick-ups de uso general, bienes adquiridos mediante leasing, remodelaciones o mantenimiento de obras civiles ya existentes, bienes clasificados como bienes de cambio, renovaciones de licencias de software o sistemas contables, obras civiles destinadas al alquiler o comercialización, equipos de telefonía celular y periféricos informáticos, blanquería, electrodomésticos y vajilla en general, y las compras realizadas entre empresas que forman parte de un mismo conjunto económico.
Es crucial que las empresas interesadas reúnan la documentación necesaria y avancen con la presentación, ya que el cupo asignado se otorga por orden de solicitud y su ritmo de agotamiento puede variar anualmente. Además, la empresa solicitante debe estar al día con la Dirección Provincial de Rentas al momento de la aprobación del beneficio. En caso de detectarse alguna irregularidad, el contribuyente dispondrá de 30 días corridos para regularizar su situación; de no hacerlo, perderá la prioridad sobre el monto que le haya sido asignado.
En cuanto a los plazos, la carga de inversiones en la plataforma se organiza en dos fases: hasta el 30 de septiembre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, o hasta que se agote el cupo disponible, lo que ocurra primero. Los certificados de crédito fiscal correspondientes al año 2026 podrán ser utilizados hasta el 31 de diciembre de 2030.