La fiscalía de Neuquén reformuló la acusación contra la mujer imputada por el homicidio de su pareja, Lucas Antonio Méndez, ocurrido el 21 de junio en el barrio Villa Ceferino. Esta modificación legal intensifica significativamente el panorama judicial para la sospechosa, con una expectativa de pena mucho mayor.
Durante la audiencia, la fiscal Lorena Juárez y el asistente letrado Maximiliano Jávega solicitaron que se incorporara el agravante por el vínculo al delito de homicidio preterintencional. La jueza de garantías aceptó el pedido del Ministerio Público Fiscal y, además, extendió la prisión preventiva de la acusada por dos meses.
El cambio fundamental en la causa radica en la inclusión del artículo 82 del Código Penal, el cual considera como agravante la relación de pareja entre la víctima y la imputada. Aunque la fiscalía mantiene la hipótesis de homicidio preterintencional —donde la intención inicial del ataque no buscaba la muerte, pero el desenlace fue fatal—, la adición de este vínculo altera drásticamente la sanción prevista.
Con la calificación anterior, la pena oscilaba entre 1 y 3 años de prisión. Sin embargo, con el agravante, el rango se amplía a una condena de 10 a 25 años de prisión. A pesar de las objeciones presentadas por la defensa, la magistrada desestimó el reclamo, argumentando que no existe un «perjuicio constitucional actual y concreto» en esta etapa del proceso.
Según la teoría del caso expuesta por el Ministerio Público Fiscal, la noche del 21 de junio se registró una primera disputa alrededor de las 20:30 horas en la casa de Méndez, en el barrio Villa Ceferino. Tras la intervención de personal policial y familiares de la víctima, la imputada se retiró del lugar, pero regresó más tarde.
En ese segundo encuentro, se inició un altercado físico. En medio de la confrontación, M.B.C. sacó un destornillador de su mochila y golpeó a Méndez en la cabeza. Después del ataque, la víctima cayó inconsciente y fue trasladado de urgencia al hospital Castro Rendón, donde falleció días después. La fiscal Juárez relató en la audiencia que, al ser interpelada por la madre del joven, la imputada respondió: «Lo apuñalé, gila».
Los peritajes médicos arrojaron un dato clave para la figura preterintencional: el destornillador, por sí mismo, no tenía la capacidad de causar las lesiones cerebrales mortales. La fiscalía sostiene que el golpe provocó la pérdida de conocimiento de Méndez y que, al desvanecerse, su cabeza impactó contra una superficie dura, lo que generó los traumatismos fatales.
En la misma audiencia, la fiscalía argumentó la necesidad de extender la prisión preventiva, señalando un incremento en el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Se detalló que M.B.C. había incumplido la medida de presentarse ante el MPF tres veces por semana en agosto, lo que llevó a su declaración de rebeldía y posterior captura el 25 de septiembre.
Asimismo, la acusación destacó que la imputada intentó comunicarse con familiares de la víctima a través de llamadas, mensajes y videollamadas, violando así la prohibición de acercamiento que tenía vigente.
Considerando la gravedad de los incumplimientos previos, el nuevo encuadre legal y la considerable escala de penas en expectativa, la jueza determinó extender la prisión preventiva por dos meses, desestimando el plazo de un mes propuesto por la defensa.