En una jornada crucial en los tribunales porteños, el fiscal general Juan Manuel Fernández Buzzi solicitó la pena de prisión perpetua para Justo Fernando Barrientos, de 69 años. Se lo acusa de un ataque incendiario ocurrido en un hotel de Barracas, un hecho que cobró la vida de tres mujeres, entre ellas la neuquina Andrea Amarante, y dejó a una cuarta gravemente herida. La fiscalía fue categórica al señalar que el crimen estuvo motivado por un profundo odio y desprecio hacia la orientación sexual e identidad de las damnificadas.
Entre las víctimas fatales se encontraba Andrea Amarante, oriunda de Neuquén, quien residía en el establecimiento al momento del ataque. Su familia estuvo representada en el debate por la querella impulsada por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT). Esta entidad, junto a las demás partes querellantes —la Defensoría Pública de Víctima y la abogada Luciana Sánchez—, coincidió plenamente con el Ministerio Público Fiscal al reclamar la pena máxima de reclusión para el imputado.
Los trágicos sucesos se desarrollaron durante la noche del 5 de mayo de 2024, dentro de una habitación del hotel ubicado sobre la calle Olavarría al 1600. Según detalló el representante del MPF, Barrientos arrojó una sustancia combustible hacia el colchón donde descansaban las cuatro mujeres y le prendió fuego de manera deliberada. Cuando una de las víctimas intentó escapar de las llamas que se propagaban rápidamente, el acusado la agredió físicamente y la empujó hacia el interior para impedir que pudiera salvarse.
Las consecuencias del ataque incendiario resultaron fatales para la mayoría de las ocupantes de la habitación debido a la gravedad de las heridas. Pamela Cobbas falleció el 6 de mayo y Mercedes Figueroa el 8 de mayo, ambas con quemaduras en el 90% de sus cuerpos. Por su parte, Andrea Amarante perdió la vida el 12 de mayo con lesiones críticas en el 75% de su superficie corporal, mientras que la única sobreviviente, Sofía Castro Riglos, sufrió quemaduras en un 3% de su cuerpo y permaneció internada hasta el 3 de junio.
Ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº5 de la Capital Federal, Fernández Buzzi encuadró la conducta de Barrientos bajo la figura de homicidio agravado por violencia de género, odio a la orientación sexual, ensañamiento y uso de un medio idóneo para generar peligro común. «El motivo del crimen fue el odio. No fue un homicidio cualquiera: las prendió fuego de una manera deliberada, con el objetivo de quemarlas vivas, de que sufrieran y agonizaran», afirmó el fiscal.
La acusación sostuvo que las pruebas presentadas a lo largo del debate oral son explícitas y contundentes. Entre los elementos probatorios destacados por la fiscalía figuran los peritajes de la Policía de la Ciudad, de los bomberos y de la Policía Federal, sumados al hallazgo en el lugar de un balde con vestigios de alcohol. Además, se expuso la propia actitud posterior de Barrientos, quien presentaba lesiones en su rostro, olor a alcohol y fue aprehendido por el cuerpo de bomberos mientras intentaba ocultarse en la terraza del edificio.
También se incorporó la declaración testimonial de la única sobreviviente a través de actas e informes de testigos que hablaron con ella tras el hecho. Sofía Castro Riglos identificó al agresor como un hombre «alto, delgado y canoso» que las hostigaba constantemente y que arrojó «algo incendiado» dentro del dormitorio. La fiscalía desestimó la indagatoria de Barrientos por considerarla un relato confuso, mendaz y lleno de evasivas, con las que intentó justificar una discusión previa afirmando haber «perdido la cabeza».
Durante la reconstrucción del contexto de violencia, la fiscalía remarcó el asedio cotidiano al que Barrientos sometía a las convivientes aprovechando su situación de vulnerabilidad. Varios inquilinos del lugar declararon en el juicio que el imputado solía expresar calificativos despectivos hacia las víctimas y afirmaba frecuentemente que «no las podía ni ver». Según el fiscal, al acusado le molestaba que fueran lesbianas y convivieran libremente, pretendiendo imponer una censura violenta sobre su modo de vida.
En el tramo final de la exposición, la acusación remarcó la particular crueldad del medio elegido para ejecutar el ataque, señalando que la intención deliberada del imputado era generar un sufrimiento prolongado y horrendo. El fiscal concluyó que la enorme gravedad de este caso no radica únicamente en el saldo de víctimas, sino en que «no solo atentó contra las víctimas, sino que este crimen expresa lo peor de la interacción social: el sexismo, la intolerancia, la discriminación y el odio».
Tras la conclusión del alegato fiscal y el pedido formal de prisión perpetua, el tribunal integrado por los jueces Adrián Pérez Lance, Juan Manuel Grangeat y Cinthia Oberlander dispuso un cuarto intermedio. De acuerdo a lo informado por el cuerpo judicial, el debate oral y público continuará el próximo 11 de noviembre con la exposición de la defensa del imputado, instancia previa a la deliberación final sobre la condena de Barrientos.