La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha prohibido la venta, distribución, uso y publicidad de varios protectores solares. Estos productos, encontrados en comercios de la Ciudad de Buenos Aires, carecían de inscripción sanitaria y no figuraban en los registros oficiales del organismo.
La medida fue oficializada a través de la Disposición 4300/2026, publicada en el Boletín Oficial. Las acciones de fiscalización se iniciaron tras inspecciones realizadas por el Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, que detectó irregularidades en artículos de tres marcas: Karité, Kiss Beauty y Miss Vanesa.
Los protectores solares específicos afectados son: «COLLAGEN – Nourish skin UV protective SPF60++ sunscreen serum» de Karité, «Sunscreen cream SPF50» de Kiss Beauty y «ANTHELIOS XL 50+ SPF» de Miss Vanesa. Estos fueron hallados en diversos establecimientos de CABA durante inspecciones llevadas a cabo el 15 de mayo de 2026.
Durante los procedimientos, el personal de ANMAT solicitó la documentación de procedencia y material informativo a los comercios inspeccionados, pero no se pudo aportar lo requerido. Posteriormente, una verificación en la base de datos oficial del organismo confirmó que no existían registros de productos con los datos identificatorios que figuraban en los envases de estos cosméticos.
Ante estas inconsistencias, la ANMAT calificó los productos como «cosméticos ilegítimos». El organismo destacó que, al no estar registrados, no es posible asegurar que su elaboración haya cumplido con las condiciones higiénico-sanitarias necesarias, ni que hayan ingresado al país legalmente a través de un importador habilitado. Por ello, la prohibición se extiende al uso, comercialización, distribución y publicidad de estos protectores solares y de cualquier otro producto de las mencionadas marcas hasta su debida regularización.
En el mismo Boletín Oficial, la ANMAT anunció una segunda prohibición. Mediante la Disposición 4394/2026, se vetó el uso, comercialización y distribución de una unidad de «Dysport 500 IPSEN, lote P22179, vto. 12/2028». La investigación se puso en marcha a raíz de una alerta de Galderma Argentina, la firma titular del producto en el país, que informó sobre la detección de una unidad presuntamente falsificada.
La ANMAT confirmó que el número de lote consignado en el producto no corresponde a uno de fabricación válido. Además, recordó que las unidades legítimas de este tipo deben contar con sistemas de trazabilidad obligatorios. Dada la situación, se desconoce por completo el origen, contenido, condiciones de elaboración y esterilidad del producto falsificado, lo que motivó la prohibición de su circulación a nivel nacional y la interposición de una denuncia penal.
Finalmente, la Disposición 4297/2026 de la ANMAT prohibió la elaboración, uso, publicidad, comercialización y distribución de tres productos de limpieza que se ofrecían en internet sin la debida inscripción sanitaria ni registros ante el organismo.
Los productos alcanzados por esta última medida son las tabletas descalcificadoras para cafeteras marca SMOL, el limpiador para lavarropas Uproot Clean y el limpiador de bachas y desagües Turbo Desagüe. La ANMAT detectó su promoción y venta en una página web. Tras las verificaciones, se constató que no estaban inscriptos y no se identificó ningún establecimiento responsable habilitado por la Administración Nacional.
El organismo advirtió que, al no contar con los registros correspondientes, se desconocen las condiciones de manufactura de estos artículos. La ANMAT enfatizó que tanto los productos domisanitarios como los establecimientos que los elaboran o comercializan deben poseer las habilitaciones y registros necesarios para operar dentro del marco legal.
¿Nadie ha roto el hielo todavía?
Tu opinión es importante para nosotros. Sé la primera persona en dejar un comentario.
Empezar conversación ahora