Femicidio de Mabel López: La Justicia ratifica la condena a perpetua para Alcides Reyes

Escuchar esta noticia
Powered by Estudios Max
x1

Femicidio de Mabel López: La Justicia ratifica la condena a perpetua para Alcides Reyes

El Tribunal de Impugnación de la provincia ha confirmado la condena a prisión perpetua dictada contra Alcides Ramón Reyes por el femicidio de su pareja, Mabel Rosana López Fernández. El crimen fue perpetrado el 9 de noviembre de 2025 en la Ruta Provincial 13, en cercanías de la zona de Kilka, y la reciente resolución judicial ratifica la sentencia impuesta inicialmente por un jurado popular.

La decisión fue emitida por un tribunal integrado por el juez Andrés Repetto y las juezas Liliana Deiub y Patricia Lupica Cristo. Esta instancia judicial desestimó los argumentos presentados por la defensa de Reyes y, en cambio, respaldó el pedido de la fiscal del caso, Laura Pizzipaulo, consolidando así el veredicto anterior.

Según la teoría que la fiscalía logró probar, el trágico suceso ocurrió durante un viaje desde Villa Pehuenia hacia Cutral Co. Se estableció que, tras una discusión y un episodio de violencia registrado la noche anterior, Reyes desvió intencionadamente la camioneta en la que viajaban y la precipitó por un barranco de más de 100 metros de profundidad. Como resultado del impacto, Mabel López Fernández sufrió heridas mortales y falleció mientras era trasladada de urgencia al hospital de Zapala.

El caso llegó al Tribunal de Impugnación debido a un recurso presentado por la defensa del condenado. Los abogados de Reyes cuestionaron las instrucciones que se impartieron al jurado popular durante el juicio original y argumentaron que no había pruebas suficientes para demostrar que su defendido actuó con la intención de quitarle la vida a la víctima. Sin embargo, en una audiencia celebrada el pasado 8 de octubre, la fiscal Pizzipaulo solicitó enfáticamente el rechazo de estos planteos. El fallo comunicado recientemente por el tribunal desestimó los agravios de la defensa y ratificó la culpabilidad de Reyes. Se lo encontró responsable del delito de homicidio agravado por la relación de pareja y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, figura legal conocida como femicidio, en calidad de autor. Esta tipificación se ajusta a los Artículos 80, incisos 1 y 11, y 45 del Código Penal.

A pesar de mantener firme la pena de prisión perpetua, los magistrados hicieron lugar de manera parcial a un planteo secundario de la defensa, relacionado con la ejecución de la condena. En este aspecto, declararon la inconstitucionalidad e inaplicabilidad, específicamente para este caso, del artículo 14, inciso 1, del Código Penal y del artículo 56 bis de la Ley 24.660. Estas normativas prohíben de forma absoluta el acceso a la libertad condicional y a los beneficios del régimen progresivo de prisión.

De esta manera, el tribunal estableció un plazo de 35 años a partir del cual el condenado podría, eventualmente, solicitar el beneficio de la libertad condicional. No obstante, se aclaró que esta concesión no será automática y sujeta a requisitos. Su otorgamiento quedará supeditado al estricto cumplimiento de las exigencias legales y de buena conducta en la etapa avanzada de la ejecución de la sentencia.