El Tribunal de Impugnación de Neuquén ratificó la condena a David Caleb Arriagada por el delito de comercio de estupefacientes agravado, imponiéndole seis años y cuatro meses de prisión. Este fallo, resultado de un pedido de la fiscal Silvia Moreira y el asistente letrado Pablo Jávega, cobra una relevancia particular al ser la primera condena obtenida mediante juicio oral en la provincia desde que asumió la competencia para investigar y sancionar el microtráfico de drogas.
La defensa de Arriagada había presentado un recurso buscando la reducción de la pena y un cambio en la calificación legal a «comercio simple». Sin embargo, los magistrados de alzada rechazaron estos planteamientos en su totalidad, confirmando la responsabilidad penal que ya se había dictado en marzo de este año.
Durante el debate oral, el Tribunal de Impugnación concluyó que se probó de manera contundente que Arriagada lideraba una organización dedicada a la venta de sustancias ilícitas. Las pruebas presentadas demostraron una clara distribución de funciones, una coordinación de tareas y la participación estructurada de varios individuos, todo para asegurar el funcionamiento operativo de la red y la extensión del daño social provocado por su actividad criminal.
La investigación fiscal detalló cómo el condenado coordinaba la comercialización de cocaína y marihuana. Su punto de operación se ubicaba en el sector Peumayén del barrio Cuenca XV de la ciudad de Neuquén. A través de un minucioso trabajo que incluyó tareas de vigilancia, escuchas telefónicas, peritajes económico-financieros y un allanamiento, la fiscalía pudo incautar drogas y dinero, consolidando la evidencia.
Se demostró que Arriagada era quien organizaba la logística, controlaba la recaudación y daba instrucciones directas a los vendedores, configurando así una estructura delictiva compleja que ahora enfrenta su confirmación en la justicia.
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