Un tribunal de impugnación de Neuquén ratificó la responsabilidad penal y la pena de 18 años de prisión impuesta a W.G.H., docente condenado por múltiples delitos contra la integridad sexual cometidos contra niños que asistían a un jardín de infantes de la ciudad. El fallo destacó la solidez del veredicto del jurado popular y rechazó los planteos de la defensa.
A partir de los argumentos del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid, el tribunal confirmó en todos sus términos la sentencia dictada en instancias previas.
En noviembre de 2024, un jurado popular lo declaró culpable por un hecho de abuso sexual con acceso carnal, dos hechos de abuso sexual gravemente ultrajante y nueve hechos de abuso sexual simple, todos agravados por su condición de encargado de la educación. En febrero de 2025 se fijó la pena en 18 años de prisión.
La defensa había impugnado el veredicto al plantear supuestos defectos procesales, irregularidades en las instrucciones al jurado y arbitrariedad en la valoración de la prueba, lo que fue rechazado por el Ministerio Público Fiscal.
El tribunal, integrado por Mauricio Macagno, Andrés Repetto y Liliana Deiub, sostuvo que la coexistencia de 12 veredictos de culpabilidad y 11 de no culpabilidad evidenció un análisis racional de cada hecho y descartó la hipótesis de una “psicosis colectiva”.
Además, validó los informes de las psicólogas del Gabinete de Psiquiatría y Psicología Forense del Poder Judicial y de la perito de la querella, y remarcó que la propia experta de la defensa reconoció errores en sus observaciones iniciales.
Con esta resolución, la condena quedó firme al agotarse las instancias ordinarias de revisión.
