La justicia de Zapala condenó a J.B.M. a 10 años y 4 meses de prisión efectiva, tras comprobarse que abusó sexualmente de una niña durante un período de aproximadamente un año, entre 2016 y 2017. La sentencia, dictada por el Tribunal de Juicio, subraya cómo el condenado se aprovechó de la relación de autoridad, confianza y cuidado que tenía con la víctima.
Durante la audiencia de determinación de la pena, la fiscal del caso, Laura Pizzipaulo, había solicitado una condena más severa: 14 años y 6 meses de cárcel. Su argumentación se centró en las circunstancias agravantes del hecho, el contexto de violencia y amenazas que rodeó el abuso, y el profundo daño físico y psicológico causado a la niña.
La postura de la fiscalía fue respaldada por la querella institucional, representada por Natalia Díaz, defensora de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente. Por su parte, la defensa penal había solicitado la pena mínima de 8 años que establece la ley para este tipo de delitos.
El Tribunal de Juicio, conformado por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Ignacio Pombo y Diego Chavarría Ruiz, consideró como agravantes la continuidad del delito en el tiempo, la marcada diferencia de edad entre el agresor y la víctima, y el severo impacto traumático provocado. Como único atenuante, los magistrados tuvieron en cuenta la falta de antecedentes penales del imputado.
Finalmente, J.B.M. fue declarado culpable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por el modo de realización, continuado y agravado por el vínculo que lo unía a la víctima.
Adicionalmente, el tribunal ordenó que, una vez que la sentencia sea firme, el condenado sea inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RiPeCoDIS). A pedido de la fiscalía, también se prorrogó por 60 días la prohibición de acercamiento y contacto del condenado con la víctima y su entorno familiar, asegurando así su protección.
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