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Zapatero quiere saber si se analizaron dispositivos incautados sin autorización judicial y avisa de una posible nulidad

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Zapatero quiere saber si se analizaron dispositivos incautados sin autorización judicial y avisa de una posible nulidad

Busca la resolución que autorizó a la UDEF el análisis del contenido de un disco duro a un abogado porque, de no existir, debe apartarse de la causa

Un contrato “verbal”, informes genéricos y una consultora a medida de Zapatero: las dudas del juez sobre su labor de consultoría

La defensa del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama que pregunte a la Fiscalía Anticorrupción sobre el auto o resolución que dio pie al estudio y análisis de un dispositivo incautado a uno de los abogados investigados, Miguel Palomero de Juan. Se trata del disco duro denominado ‘Crucial’. Quiere saber si esa fuente de prueba, que se encuentra en el origen de la causa junto a la información facilitada por EEUU sobre el móvil del empresario Rodolfo Reyes, “fue regularmente obtenida” y respetando los derechos de los implicados en la causa.

En el escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, la defensa del expresidente indica que la habilitación judicial cuya constancia se interesa “no es una mera formalidad, sino una exigencia legal autónoma e ineludible”. El letrado, Víctor Moreno Catena, sigue así poco a poco armando una estrategia de defensa que busca, a juzgar por los últimos escritos presentados ante el magistrado, atacar la legalidad del procedimiento para así construir eventuales nulidades.

Explica que esa resolución que busca “afecta directa e inmediatamente a la posición procesal” de Rodríguez Zapatero “y es determinante para el efectivo ejercicio de su derecho a la defensa y del derecho al proceso con todas las garantías”. Y explica que esos dispositivos fueron incautados a raíz de unas entradas y registros que se produjeron bajo el paraguas de una Orden Europea de Investigación (OEI) de Francia y una Comisión Rogatoria del cantón de Ginebra (Suiza) que fueron autorizadas por el Juzgado Central de Instrucción número 1 y que se practicaron tres días después, el 24 de octubre de 2024.

Considera que ese material aprehendido en octubre de 2024 fue utilizado y analizado por la UDEF en el marco de unas diligencias de investigación de Fiscalía. Eran conversaciones de ‘wasap’ -que corresponderían a móviles de Palomero y de Danilo Diazgranados- y otras informaciones que se contendrían en el disco duro Crucial y “aparentemente contiene una parte de las evidencias digitales obtenidas en las entradas y registros del 24 de octubre de 2024, en ejecución de las referidas solicitudes de cooperación judicial internacional”.

La defensa explica que esos chats fueron usados con posterioridad en la causa abierta en el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid referente a Plus Ultra, y apunta que de hecho el denominado ‘Danilo-España’ aparece en el auto de inhibición de ese juzgado madrileño por el que se inhibía en favor de la Audiencia Nacional al entender que podría existir una organización internacional para el blanqueo de posibles delitos cometidos en Venezuela y otros países, que justificaría la remisión de la causa a la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia.

Pone el foco, además, en que el material fue incautado en cumplimiento de la orden que procedía de Francia y de la colaboración con Ginebra, y que, sin embargo, “parece que se ha analizado y utilizado después en investigaciones internas sucesivas españolas y de objeto distinto (…) hasta desembocar en la imputación que ahora afecta” a Zapatero. Recuerda que “esa reutilización del material en finalidades y procedimientos distintos (…) no es indiferente” y requiere de una habilitación judicial.

Así, insiste en que si no se hubiera obtenido aquella autorización a través de una resolución judicial motivada, las garantías esenciales del procedimiento “se verían radicalmente laminadas porque las actuaciones policiales se habrían producido sin la habilitación legal exigida por la Constitución”. En ese caso, considera que habrían quedado “irremediablemente vulnerados” el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones , el derecho fundamental a la intimidad y el derecho a la protección de datos personales.

Insiste en recabar información de EEUU

Por otro lado, ha presentado un recurso de reforma contra la decisión del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama de no pedir más información a EEUU sobre el móvil de Rodolfo Reyes. El magistrado no vio pertinente ampliar la comisión rogatoria enviada a EEUU para obtener más detalle sobre cómo se clonó el móvil del empresario venezolano vinculado a Plus Ultra, como pedía Zapatero, porque mientras no se reciba respuesta del país americano dando luz verde para que el contenido pueda ser utilizado como fuente de prueba “no es posible efectuar una valoración fundada” de la necesidad de esas peticiones de la defensa.

En ese documento, la defensa de Zapatero plantea la posible petición de “nulidad” del uso de esas conversaciones en la investigación contra él. “La solicitud de ampliación de la comisión rogatoria que por este recurso se reitera no entraña, en modo alguno, nuestro aquietamiento con la incorporación del contenido del dispositivo a la causa, ni reconocimiento de la regularidad del material controvertido, ni conformidad con su eventual utilización como medio de prueba. Muy al contrario, esta representación deja expresamente reservado el ejercicio de las acciones de nulidad que en Derecho procedan”, señala el escrito.

En particular, la defensa de Zapatero plantea excluir ese material por la vulneración de los derechos al secreto de las comunicaciones, a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal, así como del derecho a un proceso con todas las garantías. Por ello, piden a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia que acuerde la revocación parcial del auto de Calama para extender la solicitud de cooperación internacional a Estados Unidos tal y como pedían.

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